Conoce cuánto tendrás que pagar por la Plusvalía Municipal en Fuerteventura y responde a tus dudas sobre esta tasa municipal en la isla.
La Plusvalía Municipal es como se conoce al Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, uno de los impuestos que entran en juego a la hora de vender una vivienda y que grava el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana en el momento en el que se transmiten.
Hasta hace bien poco, nadie podía librarse de pagar la Plusvalía Municipal al vender una propiedad. Es más, aunque la venta produjera pérdidas patrimoniales, la Plusvalía Municipal siempre salía a pagar. Fue a partir de 2017 cuando se abría el debate en torno a la constitucionalidad de este impuesto, atendiendo precisamente a la obligatoriedad de pagar por una plusvalía que, en muchos de los casos, no se estaba produciendo.
Para acabar con el debate, el Consejo de Ministros aprobaba mediante Real Decreto Ley el 8 de noviembre de 2021 la nueva doctrina que regula a partir de entonces la Plusvalía Municipal.
¿Quieres saber cómo afecta todo esto a la Plusvalía Municipal en Fuerteventura? A continuación respondemos a las 5 preguntas más habituales que suelen surgir en torno a este impuesto. No obstante, si tienes duda sobre este o cualquier otro impuesto relacionado con la venta de un inmueble en Fuerteventura, no dudes en contactar con uno de nuestros expertos asesores inmobiliarios.
1. ¿Cómo se calcula la Plusvalía en Fuerteventura?
Desde el Real Decreto Ley del 8 de noviembre de 2021, los contribuyentes podrán elegir entre dos métodos diferentes a la hora de calcular la Plusvalía Municipal en Fuerteventura:
- Plusvalía Real: tiene en cuenta la ganancia patrimonial real experimentada con la compraventa, es decir, la diferencia entre el precio de adquisición y el precio de venta para obtener la Base Imponible del Impuesto, un valor sobre el que se aplica el Tipo Impositivo correspondiente establecido por cada Ayuntamiento.
- Método Objetivo: tiene en cuenta una serie de coeficientes máximos actualizados de manera anual a través de los Presupuestos Generales del Estado. Estos coeficientes se aplicarán sobre el valor catastral del suelo en función de los años transcurridos entre la adquisición y la transmisión de la vivienda, dando como resultado la Base Imponible del impuesto, un valor sobre el que hay que aplicar el Tipo Impositivo correspondiente establecido por cada Ayuntamiento.
2. ¿Cuánto hay que pagar por la Plusvalía en Fuerteventura?
La Plusvalía es un impuesto municipal, por lo que hay que consultar la normativa específica de cada Ayuntamiento para saber cuánto hay que pagar por la Plusvalía Municipal en Fuerteventura en función de cada municipio.
Los Ayuntamientos podrán adaptar la Plusvalía a la realidad de sus municipios de dos maneras diferentes:
- Reduciendo los coeficientes máximos estipulados por el Gobierno para el cálculo de la Plusvalía Municipal mediante el método objetivo hasta en un 15%.
- Estableciendo un Tipo Impositivo propio. Este porcentaje nunca podrá ser superior al 30%.
Plusvalía Municipal en La Oliva.
Por ejemplo, para calcular la Plusvalía Municipal en La Oliva, a la Base Imponible del Impuesto hay que aplicar un Tipo Impositivo del 30% según queda de manifiesto en la propia normativa del Ayuntamiento de La Oliva.
Plusvalía Municipal en Puerto del Rosario
Por el contrario, para calcular la Plusvalía Municipal en Puerto del Rosario, a la Base Imponible del Impuesto hay que aplicar un Tipo Impositivo que variará en función de los años en que hayamos estado en posesión de la vivienda, según queda estipulado en la propia normativa del Ayuntamiento de Puerto del Rosario.
- De 0 a 5 años: Tipo Impositivo del 25%.
- De 5 a 10 años: Tipo Impositivo del 22%.
- De 10 a 15 años: Tipo Impositivo del 20%.
- De 15 a 20 años: Tipo Impositivo del 19%.
Para calcular lo que tendrás que pagar en concepto de Plusvalía Municipal, puedes descargar la calculadora de Plusvalía Municipal de Destiny y hacer esta estimación automáticamente.
Como podéis observar, el precio que habrá que pagar por la Plusvalía Municipal en Fuerteventura dependerá del municipio en el que se realice la transacción. Es decir, no en todos los municipios se paga lo mismo en concepto de Plusvalía al vender una vivienda.
3. ¿Quién tiene que pagarla?
Otro aspecto que suele generar dudas en torno a este impuesto es el referido a quién tiene que pagar este impuesto en cada tipo de operación. Para responder a esta pregunta, haremos un repaso por cada tipo de transmisión de inmuebles en la que entra en juego la Plusvalía Municipal en Fuerteventura:
- Compraventa: el vendedor será el encargado del pago de la Plusvalía Municipal.
- Herencias: el heredero será el encargado del pago de la Plusvalía Municipal.
- Donaciones: el beneficiario de la donación será el encargado del pago de la Plusvalía Municipal.
4. ¿Quién está exento de pagar la Plusvalía?
Respondiendo a la pregunta de quién está exento de pagar la Plusvalía Municipal, pasaremos a nombrar algunos escenarios en los que el pago de este impuesto no es obligatorio:
- Si el terreno no ha experimentado un incremento de valor: es decir, cuando el precio por el que vamos a vender la vivienda es inferior al precio por el cual la adquirimos en su día.
- Cuando la transmisión se produce entre cónyuges.
- En ventas de inmuebles considerados patrimonio histórico-cultural: siempre y cuando sus propietarios acrediten que se han hecho responsables de las obras necesarias para la conservación o mejora del inmueble.
- En transmisiones de propiedades pertenecientes a entidades estatales o benéficas: es decir, inmuebles propiedad del Estado, de las comunidades autónomas, de instituciones benéficas o de los propios Ayuntamientos.
5. ¿Qué plazo hay para abonar su importe?
El plazo para pagar la Plusvalía Municipal dependerá del tipo de operación por el que se transmita el inmueble. Por ejemplo, para operaciones de venta o donación, el plazo para pagar la Plusvalía Municipal será de 30 días hábiles desde la fecha en la que se produce la transmisión. Por el contrario, en casos de herencia, el plazo para pagar la Plusvalía Municipal será de 6 meses desde la fecha del fallecimiento prorrogables a otros 6 meses más.
Recuerda que si tienes dudas sobre este o cualquier otro impuesto que afecte a la venta de inmuebles en Fuerteventura, puedes contactar con uno de nuestros expertos inmobiliarios.