Cuando vendemos una vivienda, uno de los impuestos que entran en juego es la Plusvalía municipal, una tasa local recaudada por los Ayuntamientos que grava el incremento de valor que han experimentado los terrenos en los que se ubican los inmuebles durante el tiempo en que hayamos estado en posesión de los mismos.
Sin embargo, la Plusvalía Municipal no es un impuesto que corresponda pagar únicamente en casos de compraventa. Su liquidación se da siempre que una propiedad cambie de dueño, por lo que también afecta a las transmisiones de viviendas producidas por medio de herencia y donación.
Pero, ¿Cuánto se paga de Plusvalía Municipal? ¿Cómo se calcula la Plusvalía Municipal en Puerto del Rosario?
Calcular la Plusvalía en Puerto del Rosario
Existen dos sistemas diferentes a la hora calcular el impuesto de Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana:
- Estimación Objetiva
- Estimación de Plusvalía Real
A continuación te explicaremos paso a paso como calcular la Plusvalía Municipal en Puerto del Rosario con cada uno de los sistemas disponibles para que puedas optar por el que te resulte más económico.
De igual manera, también queremos darte acceso a una calculadora de Plusvalía Municipal en Puerto del Rosario para que puedas realizar el cálculo de manera automática. Descarga la plantilla Excel que te ofrecemos a continuación, rellénala con los datos relativos a tu vivienda y calcula el importe que tendrás que abonar en concepto de Plusvalía Municipal.
Plusvalía en Puerto del Rosario: Estimación de Plusvalía Real
El primer sistema por el que podemos optar para calcular la Plusvalía Municipal en Puerto del Rosario es la Estimación de Plusvalía Real. Este método tiene en cuenta la ganancia patrimonial obtenida con nuestra transacción a la hora de calcular el impuesto. Te mostramos el paso a paso:
1º Calcular la Ganancia Patrimonial
Para saber lo que nos tocará pagar en concepto de Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana en Puerto del Rosario mediante el método de Plusvalía Real, comenzamos calculando la Ganancia Patrimonial que hemos experimentado con nuestra transacción inmobiliaria.
Para ello, restamos el valor por el que en su día adquirimos la vivienda al valor por el que la estamos vendiendo a día de hoy.
Pongamos un ejemplo:
Si en su día compramos nuestra vivienda en Puerto del Rosario por 110.000 euros y a día de hoy la vamos a vender por 140.000 euros, la Ganancia Patrimonial que obtendremos será 30.000 euros.
2º Calcular la Base Imponible
A continuación, multiplicamos la Ganancia Patrimonial obtenida por el porcentaje que representa el valor catastral del terreno sobre el valor catastral total del inmueble (esta información puedes encontrarla en tu último recibo del IBI). Esta operación nos dará como resultado la Base Imponible del Impuesto.
Siguiendo con nuestro ejemplo:
Si el porcentaje que representa el valor catastral del suelo sobre el valor catastral total del inmueble es el 60%, tendremos que multiplicar esta cifra por la ganancia patrimonial experimentada, es decir, por 40.000 euros. Esto nos dará como resultado una Base Imponible de 24.000 euros.
3º Aplicar el Tipo Impositivo
Ya solo nos quedará aplicar a la Base Imponible obtenida del punto anterior, el Tipo Impositivo establecido por el Ayuntamiento de Puerto del Rosario. Este valor dependerá del nº de años en que hayamos estado en posesión de la vivienda antes de producirse la compraventa:
Años entre la compra y la venta | Tipo Impositivo |
Hasta 5 años | 25% |
Hasta 10 años | 22% |
Hasta 15 años | 20% |
Hasta 20 años | 19% |
Siguiendo con nuestro ejemplo:
Si tenemos en cuenta que desde la compra y hasta la venta de nuestra vivienda han pasado 6 años, según las tablas definidas en la normativa reguladora de la Plusvalía Municipal del Ayuntamiento de Puerto del Rosario, tendremos que aplicar a la Base Imponible (24.000 euros) un Tipo Impositivo del 22%. Esto nos dará una Cuota Tributaria final de 5.280 euros.
“Según el método de Plusvalía Real tendremos que pagar 5.280 euros por la Plusvalía de nuestra vivienda.”
Plusvalía en Puerto del Rosario: Estimación Objetiva
La Estimación Objetiva es el otro sistema por el que podemos optar a la hora de calcular la Plusvalía Municipal en Puerto del Rosario. Este método, tiene en cuenta los años transcurridos entre la adquisición y la transmisión de la vivienda para determinar el impuesto. A continuación te explicamos el paso a paso.
1º Calcular la Base Imponible
El primer paso para determinar lo que tendremos que pagar por el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana en Puerto del Rosario es aplicar al valor catastral, el coeficiente de multiplicación correspondiente en función de los años transcurridos entre la compra y la venta del inmueble. Te recordamos que puedes conocer el valor catastral del suelo en el último recibo del IBI.
Según la normativa local de Puerto del Rosario, los coeficientes de multiplicación a aplicar en este municipio se determinan de la siguiente manera:
Años transcurridos entre la compra y la venta | Coeficiente de Multiplicación |
Inferior a 1 año | 0,14 |
1 año | 0,13 |
2 años | 0,15 |
3 años | 0,16 |
4 años | 0,17 |
5 años | 0,17 |
6 años | 0,16 |
7 años | 0,12 |
8 años | 0,10 |
9 años | 0,09 |
10 años | 0,08 |
11 años | 0,08 |
12 años | 0,08 |
13 años | 0,08 |
14 años | 0,10 |
15 años | 0,12 |
16 años | 0,16 |
18 años | 0,26 |
19 años | 0,36 |
20 años o más | 0,45 |
Pongamos un ejemplo:
Imaginemos que vamos a vender una vivienda en Puerto del Rosario que compramos hace 6 años y cuyo valor del suelo es 60.000 euros. Según las tablas del Ayuntamiento, el Coeficiente de Multiplicación a aplicar sobre el valor del suelo es el 0,16%. Esto nos dará una Base Imponible de 9.600 euros.
2º Aplicar el Tipo Impositivo
Una vez tenemos la Base Imponible, el siguiente paso será aplicar sobre ella el Tipo Impositivo correspondiente en función también de los años en que hayamos estado en posesión de la vivienda. Te recordamos que los Tipos Impositivos en Puerto del Rosario se determinan de la siguiente manera:
Años entre la compra y la venta | Tipo Impositivo |
Hasta 5 años | 25% |
Hasta 10 años | 22% |
Hasta 15 años | 20% |
Hasta 20 años | 19% |
Siguiendo con nuestro ejemplo:
El Tipo Impositivo que corresponde a una transmisión de vivienda de la que hayamos sido dueños durante 6 años será el 22%. De esta manera, si aplicamos ese Tipo Impositivo a la Base Imponible (9.600 euros) tendremos como resultado una Cuota Tributaria final de 2.112 euros.
Según el sistema de estimación objetiva tendremos que pagar 2.112 euros por la Plusvalía de nuestra vivienda.
¿Qué sistema resulta más barato?
Por tanto, ¿Qué método de los expuestos resulta más barato a la hora de calcular la Plusvalía Municipal en Puerto del Rosario? Según nuestro ejemplo, el sistema más económico es el método de estimación objetiva, ya que nos da una Cuota Tributaria final de 2.112 euros frente a los 5.280 euros que tendremos que pagar si optamos por el sistema de estimación de Plusvalía Real.
Sin embargo, esto no tiene por qué ser siempre así. Todo dependerá de la ganancia patrimonial obtenida con la transacción inmobiliaria y los años transcurridos entre la adquisición y la transmisión de la vivienda.
Si no tienes muy claro cuál es el método más ventajoso en tu caso, puedes usar la calculadora de Plusvalía Municipal en Puerto del Rosario. Descarga el Excel que a continuación te facilitamos y calcula la Plusvalía Municipal de tu vivienda de manera automática para descubrir qué cantidad te tocará pagar en concepto de este impuesto.
Preguntas y Respuestas sobre la Plusvalía Municipal
La Plusvalía Municipal es un impuesto local que grava el incremento de valor que experimentan los terrenos de naturaleza urbana durante el tiempo en que han sido poseídos por el propietario. Se liquida cuando una propiedad cambia de dueño, ya sea por compraventa, herencia o donación.
Existen dos métodos para calcular la Plusvalía Municipal en Puerto del Rosario:
- Estimación de Plusvalía Real: Se calcula basándose en la ganancia patrimonial obtenida de la transacción. Primero, se determina la ganancia patrimonial (diferencia entre el valor de adquisición y el valor de venta). Luego, se multiplica por el porcentaje del valor catastral del terreno sobre el valor total del inmueble, y finalmente, se aplica el tipo impositivo correspondiente al periodo de posesión de la vivienda.
- Estimación Objetiva: Se calcula aplicando un coeficiente de multiplicación al valor catastral del suelo según los años transcurridos entre la compra y la venta, y luego se aplica el tipo impositivo correspondiente.
Para calcular la Plusvalía Municipal, necesitas:
- El valor de adquisición y el valor de venta de la vivienda.
- El valor catastral del terreno, que puedes encontrar en el último recibo del IBI.
- Los años transcurridos entre la compra y la venta del inmueble